Hay mucha confusión en torno al debate sobre la naturaleza y el alcance de las obligaciones de Israel para con la población civil de Gaza. Hay que abordar varias cuestiones importantes: ¿Es Gaza un territorio ocupado? ¿Está permitido impedir el suministro de electricidad a Gaza? ¿Puede Israel sitiar Gaza como parte de su guerra contra Hamas? ¿Existe el deber de permitir la entrada de ayuda humanitaria en Gaza? ¿Aconsejar a los civiles de Gaza que evacuen hacia el sur es una forma de desplazamiento interno?
Autoras: Pnina Sharvit Baruch y Tammy Caner
El propósito de este breve documento es aclarar estas cuestiones abordando los siguientes puntos:
Afirmaciones de que la Franja de Gaza es territorio ocupado por Israel
- Prohibición de morir de hambre
- Obligación de permitir el paso de la ayuda humanitaria
- Las reglas que se aplican para asediar
- Las normas que se aplican a la notificación a los civiles para que abandonen las zonas de combate
- La ley de ocupación no se aplica
- Gaza ya no es un territorio ocupado bajo control israelí.
Según el derecho internacional, la ocupación está determinada por el control efectivo de la potencia ocupante sobre un territorio. Tras la retirada de Israel de Gaza en 2005, Israel ya no tiene control efectivo sobre el territorio. Por lo tanto, no puede ser considerada como la potencia ocupante en Gaza. Hamás tiene el control efectivo sobre el territorio. La magnitud y sofisticación de su sorprendente ataque contra Israel desde Gaza es una prueba clara de la falta de control de Israel sobre esta zona.
Por lo tanto, Israel no tiene ninguna obligación jurídica de garantizar o atender activamente las necesidades de la población civil de la Franja de Gaza derivadas del derecho de ocupación. Esto incluye el agua y la electricidad.
Israel está obligado por algunas obligaciones humanitarias básicas para con la población civil de Gaza en virtud de las normas de las leyes de los conflictos armados que se refieren a las obligaciones para con la población civil del enemigo. Sin embargo, estas obligaciones tienen un alcance limitado, como se detalla a continuación.
La prohibición de la inanición de civiles
Las leyes de los conflictos armados prohíben la inanición de civiles enemigos como medio de guerra. La inanición incluye la negación de comida y agua. Sin embargo, no incluye negar la electricidad o el combustible.
La prohibición de morir de hambre no se aplica a los combatientes enemigos; Se les puede negar el suministro de alimentos y agua. En la medida en que impedir el suministro de alimentos y agua por parte de los combatientes enemigos perjudique a la población civil, el daño debe ser proporcionado, garantizando que no se causen daños excesivos a la población civil en comparación con la ventaja militar de la operación. Esta es también la posición de los Estados Unidos, como se especifica en el Manual de Leyes de la Guerra del Departamento de Defensa de los Estados Unidos.
Israel puede tomar medidas destinadas a impedir que los suministros lleguen a Hamás y a otras organizaciones terroristas. Al hacerlo, debe garantizar que la población civil de Gaza no se enfrente a la hambruna (incluida la escasez de agua).
La obligación de permitir el paso de la ayuda humanitaria
Israel no tiene la obligación de proporcionar activamente ayuda humanitaria a la población civil de Gaza. Israel solo está obligado a permitir el paso de ayuda humanitaria, incluidos alimentos, agua, medicinas y equipos médicos. No hay una lista establecida de elementos que deben transferirse, y hay diferentes enfoques sobre el tema.
Es posible exigir inspección y supervisión para garantizar que la ayuda se dirija a la población civil y no llegue a las fuerzas de Hamás y otras organizaciones terroristas.
En la práctica, en los últimos días han entrado en Gaza cargamentos de ayuda humanitaria a través del cruce de Rafah. Hamás, como curso de acción regular, se apodera de la ayuda destinada a la población civil para sus necesidades militares. Un ejemplo reciente es el tuit de la UNRWA (posteriormente eliminado) en el que se afirmaba que Hamás se había llevado el combustible y el equipo médico del complejo de la agencia que debía llegar a hospitales e instalaciones civiles.
Asedio: Guerra legal
Un asedio es un método legítimo de guerra utilizado para cortar a las fuerzas enemigas los refuerzos y suministros vitales. Al imponer un asedio, cualquier daño colateral previsto que pueda causarse a la población civil debe ser proporcional y no excesivo a la ventaja militar que se pretende lograr.
Separar a Hamas de los refuerzos y suministros puede proporcionar una ventaja militar significativa a Israel, especialmente a la luz del grave peligro que Hamas representa para la seguridad de Israel. Sin embargo, un asedio no puede justificar la hambruna de una población civil. Por lo tanto, es necesario permitir que los civiles evacuen de la zona de asedio o permitir que la ayuda humanitaria evite este resultado.
A pesar de la declaración del Ministro de Defensa, Yoav Gallant, inmediatamente después del ataque asesino de Hamás y en medio de las batallas contra los terroristas de Hamás en territorio israelí, de que no entrarán suministros en la Franja de Gaza, no está del todo claro que la política de Israel hacia la Franja de Gaza equivalga a un asedio, en contraposición a un cierre generalizado de la zona.
En cualquier caso, ya se trate de un asedio o de un cierre de gran alcance, las restricciones impuestas por Israel tienen por objeto impedir la introducción de armas y suministros a Hamás y otras organizaciones terroristas y, por lo tanto, son legales. No tienen por objeto castigar a la población civil y, por lo tanto, no constituyen un castigo colectivo ilegal. En la práctica y en desgracia, no hay forma de impedir los suministros de Hamas sin infligir penurias a la población civil. Este daño incidental es permisible siempre que sea proporcionado. A la hora de evaluar la proporcionalidad, hay que tener en cuenta la importante amenaza que supone Hamás para la seguridad de Israel y sus ciudadanos.
Desplazamiento Forzado vs. Evacuación Legal
La infraestructura militar y la actividad de Hamas y las demás organizaciones terroristas en Gaza se llevan a cabo desde el interior de las estructuras civiles. Esto hace que estos objetivos militares legales puedan ser atacados legalmente por Israel. A fin de reducir al mínimo los daños causados a los civiles palestinos por estos ataques, Israel pidió a los residentes de Gaza que evacuaran al sur de Gaza, al tiempo que permitía la creación de corredores humanitarios con ese fin. Estas medidas fueron adoptadas por Israel como una evacuación temporal legal de civiles de una zona de combate y no como un desplazamiento forzado prohibido para un castigo colectivo o un desplazamiento permanente. Israel adoptó estas medidas en cumplimiento de su obligación de tomar precauciones viables y proporcionar, cuando fuera posible, advertencias anticipadas a los civiles antes de los ataques.
Hamás es la potencia gobernante que controla la Franja de Gaza, y sólo él puede (y debe) encargarse de evacuar a la población civil y alejarla de la zona de combate. Sin embargo, Hamás ha actuado para impedir la evacuación de civiles al sur de Gaza bloqueando las carreteras y bombardeando los convoyes civiles que huyen. Con ello se pretende utilizar a los civiles como escudos humanos contra los ataques de las FDI. Al hacerlo, Hamás ha cometido otro crimen de guerra, esta vez contra su propio pueblo.
Falta de reciprocidad
Hamás ha cometido atrocidades, que incluyeron torturar y descuartizar a bebés, niños y civiles indefensos dentro de Israel, y sigue cometiendo un crimen continuo al mantener a más de 220 rehenes israelíes, incluidos niños, ancianos, mujeres y hombres. Además, Hamás también viola sus obligaciones humanitarias hacia los rehenes israelíes. Hasta la fecha, no se ha dado a conocer información sobre su estado, ni medios de comunicación con ellos, ni se ha informado de reuniones con funcionarios de la Cruz Roja. No obstante, Israel sigue estando obligado a cumplir sus obligaciones para con la población civil de Gaza, ya que las leyes de la guerra no incluyen el principio de reciprocidad y, por lo tanto, son vinculantes incluso cuando una de las partes las viola flagrantemente.
INSS Insight Nº 1773, 26 de octubre de 2023
Publicado originalmente en https://www.inss.org.il/publication/israel-duties/