El accionar de Hamas según el derecho internacional
Tuvimos la oportunidad de entrevistar a Anne Herzberg, Asesora Legal y Representante ante la ONU de NGO Monitor, sobre si existe algo como el «derecho de resistencia», si Gaza tiene legítimos reclamos sobre el territorio israelí, qué significan y qué estatus vinculante tienen las resoluciones de la ONU sobre el conflicto entre Israel y los palestinos.
Oriente Medio News.- Muchas gracias Anne por hablar con nosotros. Para empezar, nos gustaría que nos recordaras cuáles son las resoluciones de la ONU que se aplican y son válidas en el caso de Israel y Palestina, ya que se abusa mucho de ellas para la distorsión propagandística.
Anne Herzberg.- ¡Gracias a ustedes! La ONU ha aprobado múltiples resoluciones sobre el conflicto árabe-israelí, pero la gran mayoría de ellas son expresiones de declaraciones políticas emitidas por la Asamblea General de la ONU y otros órganos de la ONU que, por desgracia, están dominados y controlados por la Organización de Cooperación Islámica y el Movimiento de Países No Alineados.
Como tales, estos bloques son capaces de manipular el resultado de casi todas las votaciones de la ONU. No obstante, la resolución 242 del Consejo de Seguridad, aprobada después de la guerra de 1967, establece el marco para el proceso de paz en Oriente Medio.
Según la resolución, a cambio de un acuerdo de paz integral con los estados árabes y los palestinos, Israel cederá territorio (no necesariamente todo el territorio ganado durante la guerra de 1967). Sin embargo, es importante señalar que sólo las resoluciones emitidas en virtud del Capítulo VII del Consejo de Seguridad de la ONU son jurídicamente vinculantes, y no se han aprobado resoluciones de este tipo en relación con el conflicto.
Una de las resoluciones más importantes del Capítulo VII que impacta en el conflicto es la Resolución 1373, aprobada a raíz del 11 de septiembre, que pide a la comunidad internacional que tome todas las medidas para bloquear todas las formas de apoyo, tanto directo como indirecto, al terrorismo.
OMN.- Desde el punto de vista del derecho internacional, ¿cuál es la situación de la Autoridad Palestina y de Hamás?
AH.- La Autoridad Palestina es la autoridad que gobierna a los palestinos, según lo establecido por los Acuerdos de Oslo (1993-95), mutuamente acordados entre Israel y la OLP, y atestiguados por representantes de la comunidad internacional. Hamás es la rama palestina de la Hermandad Musulmana y es una organización terrorista designada así por la Unión Europea, Estados Unidos, Reino Unido, Israel, Australia, Canadá y Japón. Hamás está bajo la autoridad legal de la Autoridad Palestina, pero desde su golpe de Estado y el derrocamiento del Partido Fatah en Gaza en 2007, Hamás ha estado controlando el territorio. La Autoridad Palestina también conserva el control en parte sobre muchas funciones gubernamentales en Gaza, como los aspectos de la atención médica, la provisión de servicios públicos y los permisos de viaje.
OMN.- La aplicación de los Acuerdos de Oslo incluye varias facetas. En este momento en el que se cuestiona Oslo, sería bueno conocer los principales parámetros en los que se basa este acuerdo.
AH.- Como mencioné en la pregunta anterior, el proceso de Oslo fijó y estableció los parámetros para el autogobierno palestino en la Ribera Occidental y Gaza. Creó la Autoridad Palestina y delinea la relación con Israel y marca en dónde Israel mantendría una presencia militar.
Contiene muchas disposiciones relativas a la educación, la salud, la seguridad, el agua, la economía, el sistema de justicia, etc. En virtud de los Acuerdos de Oslo, casi todas las funciones gubernamentales de más del 95% de los palestinos se delegan en la Autoridad Palestina.
Los temas más polémicos del conflicto, como las fronteras, los refugiados, Jerusalén y los asentamientos, se dejaron de lado para ser negociados entre las partes.
En las conversaciones de Camp David de 2000, Israel ofreció la creación de un Estado palestino en casi toda Cisjordania y Jerusalén Este, con provisiones para los refugiados palestinos, pero el líder de la OLP, Yasser Arafat, rechazó la oferta y, en su lugar, lanzó una campaña de terrorismo marcada por atentados suicidas palestinos masivos. El primer ministro israelí, Ehud Olmert, hizo una oferta similar al sucesor de Arafat, Mahmoud Abbas, en 2007, pero el líder palestino la rechazó y se negó a hacer cualquier tipo de contraoferta sobre la cual continuar el proceso de negociación.
OMN.- Muchos señalan que el derecho internacional valida cualquier tipo de actividad que realice la parte ocupada o débil, incluido el asesinato y el secuestro de civiles. ¿Qué estipula el derecho internacional al respecto?
AH.- Voy a ser concisa y clara en este punto: No hay ninguna disposición en el derecho internacional que valide el asesinato y el secuestro de civiles sobre la base de que una parte es «más débil» u «ocupada». Las definiciones de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad no cambian y se aplican por igual a todas las partes en conflicto, independientemente de su condición.
OMN.- La Franja de Gaza tiene un estatus legal un tanto confuso. No es una entidad totalmente independiente, pero hay una autoridad electa en ella, que es Hamas. ¿Cómo definiría el estatus internacional de la Franja de Gaza teniendo en cuenta sus propias características?
AH.- En 2005, Israel desarraigó todos los asentamientos israelíes y retiró a su ejército de Gaza, concediendo el territorio a la Autoridad Palestina.
En ese momento, cayó bajo el control total de los palestinos. Junto con la «retirada» israelí de 2005, la UE acordó establecer una fuerza de seguridad en la frontera (EUBAM) para evitar incursiones en territorio israelí.
Poco después de su creación, Hamás atacó posiciones de la EUBAM por lo que ésta fue disuelta.
En 2007, Hamás lanzó un golpe de Estado contra el partido gobernante Fatah, expulsándolos del territorio y tomando el control. Si bien Israel instituyó restricciones a la circulación de bienes y personas a través de la frontera por motivos de seguridad tras la toma del poder por parte de Hamas, y aunque no está obligado a hacerlo por el derecho internacional, Israel accedió con fines humanitarios a proporcionar electricidad y otros servicios.
Gaza también comparte frontera con Egipto (recordemos que Egipto ocupó el territorio entre 1949 y 1967), pero los egipcios han sido mucho más restrictivos con sus políticas fronterizas, a pesar de que esto recibe poca o ninguna atención de la comunidad internacional o de las ONG de derechos humanos.
OMN.- Hamás justifica el asesinato y el secuestro de israelíes bajo el concepto de «resistencia» a Israel, pero los asesinatos y secuestros tuvieron lugar en territorio israelí reconocido internacionalmente. Explícanos un poco sobre este tema.
AH.- La Carta de Hamás llama a la destrucción de Israel y nunca ha reconocido la existencia de Israel. Hamás siempre ha utilizado medios criminales violentos en su oposición a Israel, lo que describe como «resistencia».
Los ataques deliberados contra civiles son ilegales según el derecho internacional y punto. A finales de la década de 1960, con fines propagandísticos contra Occidente, la Unión Soviética inventó el llamado «derecho de resistencia».
Dominada por los bloques comunistas y no alineados, la Asamblea General de la ONU respaldó esta idea en 1970, aunque no es jurídicamente vinculante de ninguna manera. Los únicos actores que emplean esta retórica actualmente son los grupos que simpatizan con los objetivos políticos de Hamás y otros grupos terroristas.
OMN.- Israel tiene ciertas obligaciones para con el pueblo de la Franja de Gaza. El acceso al agua, la electricidad y otros servicios son provistos por Israel. Si Israel los suspende, ¿cometería el crimen del castigo colectivo?
AH.- El concepto de castigo colectivo en el derecho internacional se refiere a la imposición de sanciones penales y no a la prestación de ayuda humanitaria. Israel no tiene ninguna obligación jurídica internacional de prestar servicios a Gaza, aunque puede hacerlo voluntariamente si así lo desea, lo que ha hecho en muchos casos.
En virtud del derecho humanitario, Israel está obligado a facilitar el paso de la ayuda humanitaria a través de su territorio, pero se le permite imponer restricciones razonables a la forma en que eso ocurre.
Además, en virtud del artículo 23 del Cuarto Convenio de Ginebra, se permite imponer restricciones a las mercancías relacionadas con la seguridad si se teme que esas mercancías puedan ser desviadas con fines militares. Israel no tiene ninguna obligación de permitir la entrada de gazatíes a su territorio, aunque de nuevo permite voluntariamente el paso de miles de pacientes médicos y en los últimos años ha estado proporcionando permisos de trabajo para que decenas de miles de gazatíes accedan a empleos en Israel y Cisjordania.
OMN.- Finalmente. ¿Cuáles son los parámetros del derecho internacional (incluido el derecho internacional humanitario) que regulan la relación y la respuesta de Israel a los ataques de Hamás?
AH.- Israel está involucrado en un conflicto armado internacional con Gaza. Como tal, todas las partes en conflicto, incluido Hamás, están obligadas a seguir las normas del derecho internacional humanitario (DIH) especificadas en tratados como los Convenios de Ginebra y los Convenios de La Haya.
Los principios fundamentales del DIH exigen que todos los ataques tengan como objetivo objetivos militares y cumplan los requisitos de proporcionalidad (es decir, que no causen daños excesivos a la población civil en relación con la ventaja militar prevista).
La matanza masiva de civiles en sus hogares, el secuestro de civiles, la tortura y el maltrato de cautivos, las violaciones, la profanación de cadáveres y los ataques con cohetes contra centros de población israelíes son graves violaciones del derecho internacional y crímenes internacionales. Es espantoso que, en lugar de condenar estas atrocidades, muchos supuestos juristas y ONG de derechos humanos, junto con algunos funcionarios de la ONU, hayan guardado silencio o incluso las hayan justificado.