Consecuencias de una evaluación de Israel por la Corte de La Haya

por | Feb 7, 2023 | Política, Portada | 0 Comentarios

Es probable que la solicitud de la Asamblea General de que la Corte Internacional de Justicia se pronuncie sobre la legalidad de “la ocupación israelí” resulte una dura condena para Israel. Esto, a su vez, fortalecerá el movimiento BDS y las actitudes negativas hacia Israel en la comunidad internacional, incluso entre los aliados de Israel. ¿Cómo debería actuar el gobierno de Israel frente a estos desafíos que se vienen?

Por: Pnina Sharvit Baruch y Ori Beeri

A fines de diciembre, la Asamblea General de la ONU solicitó a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) su opinión sobre la legalidad de la “ocupación israelí”. La opinión probablemente incluirá declaraciones críticas sobre la ilegalidad de la conducta de Israel en Judea y Samaria y Jerusalén Este y sobre sus movimientos de “anexión”.

Las duras afirmaciones de la Corte podrían dañar significativamente las relaciones exteriores de Israel, ser utilizadas como munición por el movimiento de Boicot, Desinversión y Sanciones (BDS) e incluso posiblemente afectar la investigación del caso de Israel en la Corte Penal Internacional (CPI). 

Declaraciones y acciones del gobierno israelí que desautorizan explícitamente el derecho internacional o dan a entender que Israel no tiene intención de poner fin a su control sobre los palestinos en el marco de una solución política, incluidos los pasos para anexar partes de Judea y Samaria, la difuminación del marco legal, de la distinción entre el Estado de Israel y estos territorios, o violaciones de los derechos de los palestinos– pueden influir tanto en el contenido de la opinión consultiva como en su gravedad y, sobre todo, en el grado de respaldo y adopción de la opinión en el ámbito mundial. 

El 30 de diciembre de 2022, la Asamblea General de la ONU adoptó una resolución solicitando a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) que emita una opinión consultiva sobre dos cuestiones. 

Uno, ¿cuáles son las consecuencias jurídicas derivadas de la continua violación por parte de Israel del derecho del pueblo palestino a la libre determinación, la ocupación prolongada, los asentamientos y la anexión, incluidas las medidas encaminadas a cambiar la composición demográfica, el carácter y el estatuto de Jerusalén, y la adopción de legislación y medidas discriminatorias en este contexto?

Dos, ¿cómo afectan estas violaciones al estatus legal de los territorios ocupados y cuáles son las posibles implicaciones para los países del mundo y la ONU? La decisión fue apoyada por 87 países; 26 se opusieron, incluidos Estados Unidos, Canadá, Alemania y Gran Bretaña; y 53 se abstuvieron, incluyendo la mayoría de los países europeos. 

Esta resolución demuestra una vez más el sesgo antiisraelí de las Naciones Unidas, que se centra desproporcionadamente en Israel. Sin duda, la mayoría de los estados miembros de la ONU se opusieron, se abstuvieron o no participaron en la votación (106 países). Esto se debe en parte a la persuasión por parte de Israel que llevó a algunos de los países que apoyaron esta decisión en las etapas del comité a cambiar su posición. 

Los resultados de la votaciónSin embargo, no había ninguna posibilidad real de evitar la decisión. Israel condenó la resolución y afirmó que «el pueblo judío no está ocupando su tierra y no está ocupando su capital eterna, Jerusalén. Ninguna resolución de la ONU puede distorsionar esta verdad histórica».

La decisión constituye la adopción de una recomendación que se incluyó en el informe del 20 de octubre de 2022 de la Comisión de Investigación establecida por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU después de la Operación Guardián de los Muros. El informe afirma que la «ocupación israelí» es ilegal debido a que es irreversible debido a hechos sobre el terreno establecidos por Israel, principalmente, la empresa de asentamientos. También se afirma que el uso de consideraciones de seguridad tiene por objeto disfrazar la verdadera intención de Israel de anexar partes del territorio, de facto y de jure.

¿Qué es “territorio ocupado” en el derecho internacional?

En el derecho internacional, el término «territorio ocupado» describe una situación de hecho en la que se captura un territorio durante un conflicto armado y la potencia ocupante lo controla efectivamente. Las leyes internacionales de ocupación definen los términos y condiciones que se aplican a la potencia ocupante en su gestión del territorio. 

No existe ninguna disposición en las leyes de ocupación que se refiera a la ilegalidad de la ocupación en sí misma (a diferencia de la violación de las obligaciones aplicables durante el tiempo de ocupación), o una limitación a la duración de la ocupación. 

En los últimos años, algunos han tratado de afirmar que la «ocupación israelí» es ilegal, ya que se desvía fundamentalmente de los principios básicos que subyacen a las leyes de la ocupación: ser un régimen temporal; la falta de derecho de la potencia ocupante a aplicar la soberanía en el territorio; y el papel del ocupante como «fideicomisario» que debe administrar el territorio a favor de los ocupados. Por otro lado, se alega que el recurso ante la Corte es un intento hipócrita de inventar un nuevo estatuto de «ocupación ilegal» no reconocido en el derecho internacional, sustentado en motivos políticos y que desconoce el hecho de que existe una profunda disputa por el territorio.

La CIJ, que fue establecida bajo la Carta de la ONU en 1945, es el principal tribunal judicial de la ONU. La mayor parte de su trabajo aborda la resolución de disputas entre países que han consentido en este papel, y que están obligados a obedecer las decisiones en su caso. Junto a esto, la Corte proporciona opiniones consultivas sobre cuestiones jurídicas a petición de los órganos de la ONU. Aunque los dictámenes no son vinculantes, gozan de un gran prestigio y se consideran de gran peso en el ámbito internacional.

Esta es la segunda vez que la Asamblea General pide a la Corte que dé su opinión sobre Israel. El 9 de julio de 2004, la corte emitió una opinión consultiva sobre la construcción de la barrera de seguridad, en la cual afirmó que la construcción del «muro», que crea una realidad de anexión de facto, constituye una violación del derecho internacional, incluyendo la obligación de Israel de respetar el derecho de los palestinos a la autodeterminación, el derecho internacional humanitario y las leyes de derechos humanos. También se determinó que los asentamientos constituyen una violación del derecho internacional. Israel, que se negó a participar en el proceso, criticó la opinión.

La Suprema Corte de Israel, en Jerusalén La Suprema Corte de Israel, en Jerusalén

La Corte Suprema de Israel permitió que continuara la construcción de la barrera y señaló que la CIJ ignoró la realidad sobre el terreno. La opinión del “muro” de la CIJ no condujo a medidas prácticas contra Israel, aunque fue y sigue siendo utilizada como referencia para presentar la ilegalidad de la conducta de Israel en los territorios por parte de sus críticos. 

Un contraargumento importante, que sirvió para reducir los efectos de la opinión de 2004, fue que el conflicto entre Israel y los palestinos debe resolverse por canales políticos y no por procedimientos judiciales y, de hecho, se llevaron a cabo procesos políticos entonces y posteriormente, incluida la decisión sobre el plan de retirada implementado en 2005. Además, la opinión fue criticada por otras partes más allá de Israel, debido a que ignoraba los peligros del terrorismo en un momento en que Estados Unidos y sus aliados estaban involucrados en conflictos activos en Irak y Afganistán contra elementos terroristas. 

Tras la reciente decisión de la Asamblea General, la Corte discutirá primero su autoridad para emitir una opinión. Presumiblemente, encontrará que tiene tal autoridad. Posteriormente, se seleccionará un panel de jueces y se deliberarán las propias reclamaciones. Varios países y partes podrán presentar sus opiniones a la Corte. El procedimiento, que puede demorar entre uno y dos años, probablemente resultará en declaraciones críticas sobre la ilegalidad de la conducta de Israel en Judea y Samaria y Jerusalén Este, y sobre los movimientos de anexión que está tomando, aunque es difícil de evaluar en términos generales, adelantar la severidad de las declaraciones y si también habrá opiniones minoritarias. 

La referencia en la resolución que solicita la opinión sobre «legislación y medidas discriminatorias» y las afirmaciones hechas en el informe de la comisión de investigación establecida por el Consejo de Derechos Humanos de que Israel mantiene una continua “discriminación contra los palestinos en Judea y Samaria y Jerusalén Este”, despierta la preocupación de que la Corte podría incluso adoptar las afirmaciones de gran alcance (e injustas) de que Israel mantiene un régimen de apartheid. 

Se puede esperar que la opinión llame a la ONU y otros países y organizaciones a tomar medidas prácticas para presionar a Israel a detener su actividad ilegal, e incluso puede recomendar la imposición de sanciones a Israel. Incluso en este estado de cosas, sin embargo, parece que la posibilidad de que el Consejo de Seguridad imponga sanciones es extremadamente escasa, a la luz del poder de veto de Estados Unidos. 

Sin embargo, las duras determinaciones de la Corte podrían dañar significativamente las relaciones exteriores de Israel, incluso erosionar el apoyo a Israel entre sus aliados, que en cualquier caso mantienen una posición crítica con respecto a la conducta de Israel en la arena palestina. Así, por ejemplo, a principios de diciembre, la Unión Europea congeló un borrador de un acuerdo avanzado para el intercambio de información entre la Policía de Israel y Europol, debido a una disputa sobre el uso de la información en Judea y Samaria. La opinión también puede alentar la promoción de movimientos diplomáticos unilaterales adicionales por parte de los palestinos, como solicitar la membresía de pleno derecho en las Naciones Unidas y mejorar el nivel de representación en países de todo el mundo. 

No hay duda de que una opinión crítica será utilizada como munición por el movimiento Boicot, Desinversión y Sanciones (BDS) y otras partes que promueven iniciativas de medidas contra Israel. Por ejemplo, tras la invasión rusa de Ucrania, muchas empresas globales han decidido por su propia voluntad dejar de operar en Rusia por motivos morales; una opinión de la CIJ podría empujarlos a considerar movimientos similares contra Israel. 

En diciembre de 2022 se informó que el fondo soberano noruego, que administra activos por valor de 1,3 billones de dólares y es considerado el más grande del mundo (en 2020 invirtió 1,300 millones de dólares en empresas israelíes), está reexaminando sus inversiones en Israel para asegurarse de que el dinero no se invierta en asentamientos o empresas que operan más allá de la Línea Verde. 

Además, existe una tendencia mundial de renovada división en campos entre los países liberales democráticos y los países autocráticos antiliberales, y la opinión de la CIJ podría servir a quienes afirman que Israel debe ser visto como miembro de este último grupo.

La opinión también puede afectar la investigación del caso de Israel en el otro tribunal (y separado) de La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI). La investigación, que se abrió oficialmente en marzo de 2021, se centra en las denuncias de delitos cometidos en los territorios de Judea y Samaria, Jerusalén Este y la Franja de Gaza desde el 13 de junio de 2014, incluido el «delito de asentamientos» definido en el estatuto de la Corte. 

Karim KhanEn el año y medio desde que asumió el cargo, el Fiscal de la Corte, Karim Khan, pocas veces ha abordado la investigación, y parece que no es su prioridad, aunque hay indicios de que en el próximo año puede avanzar algo. Una recomendación del tribunal de iniciar procedimientos penales contra funcionarios israelíes, y en particular con respecto a los asentamientos, puede ejercer una presión adicional sobre el Fiscal para que acelere la investigación. Además, las aseveraciones de la Corte sobre la existencia de discriminación sistemática pueden afectar la investigación, ya que el crimen de apartheid está incluido en la lista de crímenes de lesa humanidad bajo la jurisdicción de la Corte. 

Sin embargo, debe recordarse que las acciones de los estados se derivan principalmente de sus intereses, que son más amplios que las consideraciones de adhesión al derecho internacional solamente. Por tanto, aunque se emita una opinión crítica, el grado de su impacto se derivará de la forma en que la comunidad internacional lo adopte. La política del gobierno israelí y su conducta pueden influir tanto en el contenido de la opinión como en su grado de severidad y, en particular, en el grado de apoyo y adopción del contenido de la opinión en el ámbito mundial. 

Declaraciones y medidas que desautorizan explícitamente el derecho internacional, o que dan a entender que Israel no tiene intención de poner fin a su control sobre los palestinos en el marco de una solución política, serán utilizadas contra Israel en el ámbito internacional, dificultando la reunión de apoyo para las posiciones de Israel con respecto a la opinión, y probablemente exacerbe el daño a Israel.

Dichas medidas de Israel incluyen: pasos para anexar partes de Judea y Samaria, incluida la anexión de facto y la difuminación de la distinción legal entre el Estado de Israel y estos territorios, por ejemplo, aplicando la legislación israelí directamente al territorio y ejerciendo los poderes del gobierno israelí directamente y no a través del gobierno militar; medidas que violan los derechos de los palestinos, incluida la incautación de tierras privadas con fines de asentamiento y medidas de castigo colectivo; y pasos que socavan el estado de derecho en el propio Israel y el estatus de los tribunales, cuya independencia y prestigio profesional constituyen un argumento central de Israel en la campaña internacional, especialmente a la luz del hecho de que los palestinos pueden presentar sus reclamos ante un tribunal independiente y de corte profesional. 

Fuente: INSS
Traducción: Gastón Saidman

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